La Diputación Foral de Bizkaia  aprobó el pasado 26 de junio el decreto que obligará a declarar a Hacienda bienes en el extranjero que superen los 50.000 euros.


Se declararán cuentas en entidades financieras fuera del Estado y pisos o valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero cuando superen ese límite exento de 50.000 euros.
La declaración de los bienes no implica en sí misma el pago de una cuota tributaria, aunque quien oculte información o proporcione datos incorrectos será sancionado. La multa puede alcanzar hasta un 150% del valor no declarado. Los acuerdos de doble imposición con otros países serán la herramienta que harán aflorar los intereses de los contribuyentes que no los declaren
En el caso de Bizkaia, esta declaración informativa forma parte del paquete de medidas de la lucha contra el fraude presentado a finales del año pasado.
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