¿Qué es el Concierto Económico Vasco?
Concierto Económico: autogobierno fiscal y financiero
Respetando los principios generales y las normas sobre coordinación, armonización y colaboración fiscal, se reconoce la plena capacidad normativa y de gestión en el ámbito tributario de las instituciones competentes de cada territorio histórico. Las Haciendas vascas funcionan como Haciendas integrales que controlan el ciclo tributario al completo, situándose entre las entidades sub-estatales con mayor poder fiscal y financiero de Europa.
Es importante señalar, que el titular del poder fiscal no es la entidad autonómica – Gobierno y Parlamento Vasco–, sino las instituciones competentes de los territorios históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa – Diputaciones forales y Juntas Generales–. El Gobierno Vasco y la Comunidad Autónoma Vasca son entidades jurídicas nuevas, nacidas en el siglo XX. Exceptuando un breve periodo en plena Guerra Civil, entre octubre de 1936 y junio de 1937, hasta la aprobación del Estatuto de Autonomía de 1979, no existió ninguna institución jurídica común que abarcara a las tres o cuatro provincias vascas – incluyendo Navarra-.
Es por ello que la soberanía fiscal emanada de los “derechos históricos” recae sobre las instituciones competentes “tradicionales” de los territorios históricos, y no sobre la “recién” creada entidad autonómica, cuyo fundamento jurídico se enraíza mayormente en el ordenamiento constitucional general que dio lugar al Estado de la Autonomías. El poder fiscal nunca ha residido en las instituciones autonómicas, sino en las instituciones competentes de los territorios históricos; tanto en el periodo foral hasta 1876, como en el periodo de Concierto Económico iniciado a partir de 1878. De tal manera, en la CAV no hay un solo régimen fiscal, ni una sola Hacienda autónoma, sino tres; una por cada territorio histórico.


El Cupo
Las Diputaciones forales, gestionan y recaudan dentro de su territorio la casi totalidad de los tributos tanto directos como indirectos – salvo los derechos de importación y los gravámenes a la importación en los Impuestos especiales y en el IVA-. Entre otros, gestionan y recaudan el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Como contrapunto, las Diputaciones transfieren una parte de los recursos recaudados a las arcas del Estado. Esa transferencia anual, que constituye el principal instrumento vertebrador de las relaciones financieras entre el Estado y la CAV, se denomina cupo. El cupo es la contribución anual que realizan las instituciones vascas a las arcas del Estado por las competencias que no han sido transferidas a la CAV. Aunque el Estatuto de Autonomía otorga amplias competencias a la CAV, el Estado sigue reservándose importantes ámbitos competenciales; algunos de ellos en exclusividad. Por ejemplo, Defensa, Exteriores, la Casa Real o la deuda pública del Estado. Como las administraciones tributarias vascas recaudan la práctica totalidad de los ingresos fiscales en territorio vasco, es necesario que abonen una cantidad al Estado para financiar dichas competencias no transferidas y que desarrolla el Estado, en beneficio también de la CAV.
Por lo tanto, el cupo no es una participación del Estado sobre la recaudación de los territorios históricos, sino un pago a la administración central por las competencias y servicios que realiza. El cupo es el mecanismo que equilibra la situación «deficitaria» de financiación del Estado en relación con la CAV. Esta es una característica a resaltar del «sistema federal vasco», donde en vez de ser el Estado central quien transfiere fondos a las instituciones vascas, son éstas quienes financian las arcas del Estado. Así, en comparación con otros modelos federales o descentralizados del mundo, en el modelo vasco se minimizan los riesgos políticos y financieros derivados de la dependencia fiscal y financiera respecto de las transferencias del poder central.


Historia del Concierto Económico
Los inicios del Concierto Económico
En 1876, tras la última Guerra Carlista, los Fueros fueron anulados, pero no en su totalidad. En la Ley de 21 de julio de 1876, Antonio Cánovas del Castillo, presidente del Gobierno, determinó la obligación de las provincias de pagar dinero a Hacienda y de entregar hombres a las quintas. Al año siguiente, ante la negativa de las Diputaciones a cumplir con estas obligaciones impuestas, Cánovas decidió sustituir las Diputaciones Forales por las Diputaciones Provinciales, lo que en principio las equiparaba al resto del país. Sin embargo, el ejercicio de la obligación de tributar por las provincias generó problemas debido a la falta de la estructura administrativa y estadística necesaria para ello.
La solución provisional fue llegar a un acuerdo con las diputaciones provinciales. Estas diputaciones estaban integradas por elementos transigentes y parcialmente dispuestas a colaborar con la Ley del 21 de julio. Mediante este acuerdo, se encargarían de pagar lo que el Ministerio de Hacienda pudiera recaudar por su cuenta. Esto responsabilizaba a las diputaciones de la recaudación de los principales impuestos del momento, los incluidos en el acuerdo. En un principio se acordó que la vigencia de este acuerdo sería de ocho años.
Ese acuerdo es lo que conocemos como Concierto Económico. Así se recoge en el preámbulo del Decreto de 28 de febrero de 1878 por el que se aprueba dicho acuerdo, al referirse a la necesidad de incluir a las provincias en el «Concierto Económico» de la nación.
Legislación vigente
Cronología del Concierto Económico
En 1824 el ministro español de Hacienda, Luis López Ballesteros, pidió a Álava, Bizkaia y Gipuzkoa una «donación» de 3 millones de reales para pagar en los años 3-4. Los territorios forales ofrecieron un cupo de 7 millones de reales a pagar en 7 plazos.
En 1845, la reforma fiscal de Mon-Santillán sentó las bases de la hacienda liberal española. Aplicando los descuentos, se pidieron 2 millones de reales anuales a Álava, Bizkaia y Gipuzkoa.
45 años después, en 1850, el Cupo se compensó con el importe del Culto y el Clero a cargo de los municipios. Tras la última Guerra Carlista, se estableció el Concierto Económico en los 3 Territorios Históricos en 1878, salvo en Álava, donde el general rebelde Francisco Franco, que permaneció hasta 1937, derogó el Concierto Económico por decreto en Bizkaia y Gipuzkoa.
Tras la dictadura, en 1978 se instauró la constitución española, que reconoce y protege los derechos históricos de los territorios forales. Un año más tarde se estableció el Estatuto de Gernika, que establece en su artículo 41 que las relaciones tributarias entre el Estado y el País Vasco se articulan a través del Concierto Económico.
En 1981 vendrá la Ley del Concierto Económico, por lo que se restauró en Bizkaia y Gipuzkoa y se actualizaron las bases del sistema. Esta Ley se mantendrá en vigor hasta 2002, año en el que llegará la nueva Ley del Concierto Económico que dará carácter indefinido al Sistema Concertado. Finalmente, en 2008 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló y avaló el sistema de Concierto Económico en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea mediante sentencia de 11 de septiembre de 2008.
Centro Ituna de Documentación e Investigación del Concierto Económico y las Haciendas Forales
Quiénes somos
El Centro Ituna de Documentación e Investigación del Concierto Económico y las Haciendas Forales es un proyecto creado en 2007, fruto del convenio de colaboración entre la Diputación Foral de Bizkaia y la Universidad del País Vasco (UPV/EHU). Las Diputaciones Forales de Gipuzkoa y Álava también han firmado convenios para desarrollar los objetivos del Centro. Además, el Centro Ituna colabora con los departamentos de Historia Contemporánea, Políticas Públicas e Historia Económica, Derecho Público y Didáctica de las Ciencias Sociales de la UPV/EHU. Actualmente cuenta con dos sedes abiertas al público en la Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación de la UPV/EHU (Leioa) y en la Facultad de Economía y Empresa (Sarriko).
Desde su creación el Centro cuenta con un Servicio de Documentación que recoge, racionaliza, analiza y difunde información sobre el Concierto Económico y el Convenio, la Hacienda Foral, el sistema tributario vasco y, en general, el federalismo fiscal o la descentralización fiscal y financiera. Durante más de diez años, de forma ininterrumpida, el Centro Ituna ha recopilado y ordenado todo tipo de fuentes de información, como prensa, producción científica o medios audiovisuales; para poder ofrecer una amplia base de datos a investigadores, medios de comunicación académicos, instituciones, profesionales y público en general. Este banco es una plataforma ideal para estudiar el «big data», profundizar en áreas de aprendizaje ya consolidadas y explorar nuevas vías de investigación abriendo un campo fértil.