- Concierto EconómicoSiglo XIXVarios
- 23/10/2009
De conformidad con lo previsto en la disposición final primera del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, el Decreto publicado hoy, y aprobado el pasado día 20, establece la estructura y funciones del citado Departamento, siguiendo los criterios organizativos y previsiones señalados en la referida disposición. Dicha estructura se articula en dos Viceconsejerías que atienden las principales áreas del Departamento.
La Viceconsejería de Economía, Presupuestos y Control Económico tiene encomendadas la dirección y coordinación de la planificación económica a medio plazo del Gobierno. Igualmente, le corresponden las funciones de dirección y coordinación de las políticas de estudios económicos, coyuntura y previsión económica, de la programación en materia de presupuesto y gasto público en seguimiento de políticas estructurales marcadas por el ejecutivo vasco, de las actuaciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de política regional y fondos comunitarios, de la defensa de la competencia, así como de la elaboración y publicación de estadísticas. Por otro lado, se ocupa de la elaboración, gestión general, seguimiento y control de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma y del ejercicio de las competencias relativas a control económico interno, auditoría, contabilidad y responsabilidades contables. Por último, se adscribe, sin formar parte de su estructura jerárquica, el Tribunal Vasco de Defensa de la Competencia.
La Viceconsejería de Hacienda y Finanzas, por su parte, es el órgano en el que se concentran las competencias y funciones que se derivan para esta Administración en lo que atañe al Concierto Económico, Cupo al Estado y Aportaciones de los Territorios Históricos, constituyéndose, al mismo tiempo, como el órgano competente en lo relativo a la definición, dictamen y propuesta de valoración de las transferencias de competencias y/o servicios, tanto activas como pasivas, que se den entre esta Administración y otras. Al propio tiempo, dirige y supervisa la Administración Tributaria de la Administración de la Comunidad Autónoma y el régimen de las reclamaciones económico-administrativas a través de los órganos establecidos al efecto. También se ocupa de las competencias departamentales derivadas de las áreas de actuación que tienen relación con la política financiera y las relaciones con las entidades financieras, las entidades de previsión social, así como con el endeudamiento, la prestación de garantías y el régimen de la Tesorería General del País Vasco. Asimismo, son dirigidos por este órgano los regímenes generales derivados de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio, contratación y gestión de riesgos y seguros.
La estructura orgánica del Departamento se completa con la Dirección de Servicios que es el órgano intradepartamental competente en materias de naturaleza común a las diversas áreas del Departamento.
Asimismo, se encuentran adscritos al Departamento de Economía y Hacienda el organismo autónomo administrativo Euskal Estatistika Erakundea / Instituto Vasco de Estadística (Eustat) y el ente público de derecho privado Euskal Finantza Erakundea / Instituto Vasco de Finanzas.
El texto completo del Decreto en:
Boletín Oficial del País Vasco. Euskal Herriko Argintaritzaren Aldizkaria.
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