Se trata de la Petición de decisión prejudicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Se piede la interpretación de los artículos 87 CE, apartado 1, y 88 CE, apartado 3 en relación con las medidas fiscales adoptadas por las Diputaciones Forales respecto al Impuesto de Sociedades con un tipo impositivo reducido frente al tipo nacional y establecimiento de deducciones fiscales específicas.
Las conclusiones que se esperan mañana para las 9:30 de la mañana servirán de directriz para la resolución de la Cuestión prejudicial. Mañana será un día importante en la medida en que se entre en el caso concreto del País Vasco –y no referentes como el de Azores– respecto a si se vulneran las disposiciones sobre Ayudas de Estado.

Todas las categorías