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Real decreto de 27 de julio de 1920

Real decreto de 27 de julio de 1920

Modificación parcial de 1920

Ministerio de Hacienda

Promulgada la ley de 27 de Marzo de 1900, por la que se creó una nueva contribución que gravaría la recompensa de los servicios y trabajos personales, los intereses, dividendos, beneficios y primas de capitales, y los rendimientos que el trabajo del hombre, juntamente con el capital, produzcan en el ejercicio de determinadas industrias, y aprobado después, por Real decreto de 13 de Diciembre de 1906, el Concierto económico celebrado entre los representantes de las Diputaciones vascongadas y una Comisión del Gobierno, surgieron dudas acerca de la aplicación y alcance, en territorio aforado, del artículo 4.º de dicho Concierto, artículo que considera comprendido dentro del cupo allí mismo señalado por contribución industrial y de comercio á Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, el impuesto á que se refieren los epígrafes que se citan de las tarifas de dicha ley.

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