El Pleno de las Juntas Generales de Araba ha aprobado la adaptación de la normativa tributaria del Territorio Histórico a las modificaciones introducidas en el Concierto Económico por la Ley 3/2025, de 29 de abril. Estas modificaciones afectan al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre el Valor Añadido y al Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Con esta aprobación,Araba se convierte en el tercer territorio histórico de la Comunidad Autónoma del País Vasco en adaptar su normativa tributaria a las modificaciones del Concierto Económico. Este proceso se inició con la aprobación correspondiente por parte de las Juntas Generales de Gipuzkoa en elmes de noviembre y continuó con la adaptación normativa aprobada por las Juntas Generales de Bizkaia en diciembre del pasado año. La aprobación se ha producido con un amplio consenso institucional, reflejo de una valoración mayoritariamente favorable sobre la necesidad de adecuar la normativa foral a los cambios introducidos en el marco del Concierto Económico.

Entre las principales novedades destaca la actualización del umbral del volumen de operaciones en el Impuesto sobre Sociedades, que pasa de 10 a 12 millones de euros. Esta modificación permite delimitar, en función del domicilio fiscal, la normativa aplicable y las competencias en materia de gestión e inspección tributaria. El mismo ajuste se introduce en el IVA, elevando igualmente el umbral de 10 a 12 millones de euros para determinar la competencia en la exacción, liquidación e inspección del impuesto.

La elevación de este umbral tiene como objetivo que los contribuyentes de menor dimensión tributen exclusivamente y se relacionen únicamente con la administración tributaria correspondiente a su domicilio fiscal. De este modo, se amplía el número de contribuyentes que tributan en exclusiva en las haciendas forales y se facilita el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

En relación con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, la adaptación normativa supone un cambio relevante, ya que pasa de ser un impuesto concertado de normativa estatal a configurarse como un impuesto concertado de normativa autónoma en todos los supuestos. Esta modificación extiende la capacidad normativa propia a la totalidad de las personas no residentes.

Asimismo, el Pleno ha aprobado la modificación de la Norma Foral 16/2025, de 12 de diciembre, que establece un impuesto complementario con el fin de garantizar un nivel mínimo de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud. Estas modificaciones, de carácter fundamentalmente técnico, resultan necesarias para asegurar la plena coherencia de la normativa foral con las reglas y estándares adoptados a nivel internacional, así como para incorporar las correcciones realizadas en la normativa de referencia.

Fuente: Noticias de Álava

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