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- 09/09/2009
El Tribunal de Luxemburgo, en sentencia de hoy, confirma la ilegalidad de las «vacaciones fiscales» aprobadas entre 1993 y 1995.
Todavía no hemos tenido acceso al texto de las sentencias (puesto que son varios los procedimientos), pero en el momento en que estén disponibles daremos más detalles, sobre todo si se obliga a la devolución de las ayudas percibidas por las 300 empresas, aproximadamente, que se supone se acogieron a las deducciones sobre el Impuesto de Sociedades.
En todo caso, esta sentencia no afecta al régimen general del Impuesto de Sociedades sino a medidas concretas, declaradas incompatibles con el mercado común.
La nota de prensa de Curia sobre las sentencias en los procedimientos acumulados en:
http://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2009-09/cp090073es.pdf
La Sentencia de los asuntos T‑30/01 a T‑32/01 y T‑86/02 a T‑88/02
http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=ES&Submit=rechercher&numaff=T-30/01
En los asuntos T‑227/01 a T‑229/01, T‑265/01, T‑266/01 y T‑270/01:
http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=ES&Submit=rechercher&numaff=T-227/01
En los asuntos T‑230/01 a T‑232/01 y T‑267/01 a T‑269/01:
http://curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl?lang=ES&Submit=rechercher&numaff=T-230/01
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