- BizkaiaImpuestosJudicialesNoticias frescasSiglo XXI
- 29/05/2008
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, con fecha 14 de Junio de 2006, dictó Auto de suspensión cautelar, a instancia de la Comunidad Autónoma de La Rioja, del articulo único del Decreto Foral Normativo 1/2005, de 30 de Diciembre, de la Diputación Foral de Bizkaia. En este artículo daba nueva redacción al artículo 29.1.a), de la Norma Foral 3/1996, de 26 de Junio, sobre el Impuesto sobre Sociedades, estableciendo como tipo general el 32’6 por 100 para el ejercicio 2005.
Sin embargo ahora, en Sentencia de fecha 6 de mayo, el Supremo reconoce que al plantear el TSJPV cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre la selectividad de diversas normas sobre el Impuesto de Sociedades la apariencia de buen derecho, empleada para justificar la suspensión, se debilita, debiendo por lo tanto mantenerse la vigencia de ls disposición impugnada, sin perjuicio de lo que decida el Tribunal de Luxemburgo.
La Sentencia incluye un voto particular de Manuel Garzón Herrero.
Actualidad
Todas las categorías
-
Academia 95
-
Actualidad 255
-
Ad Concordiam 24
-
Álava / Araba 290
-
Artículos 28
-
Bizkaia 354
-
Concierto Económico 260
-
Cupo 126
-
Difusión 130
-
Europa 133
-
Galería de imágenes 9
-
Gipuzkoa 285
-
Impuestos 481
-
Internacional 64
-
Ituna Newsletter - ES 90
-
Judiciales 67
-
Lucha contra el fraude 41
-
Navarra 85
-
Noticias frescas 382
-
Nuevas publicaciones 96
-
Parlamentos 31
-
Personajes 38
-
Siglo XIX 19
-
Siglo XX 49
-
Siglo XXI 591
-
Varios 30