«Alias Blindaje del Concierto»
El pasado sábado se publicó en el BOE la Ley Orgánica 1/2010, de 19 de febrero, de modificación de las leyes orgánicas del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial. Conocida por el nombre de «blindaje» del Concierto Económico.
La lógica de la medida se halla claamente expuesta en un breve párafo de su preámbulo:
«Las normas forales reguladoras de los distintos impuestos concertados, o de los recargos, arbitrios y recursos provinciales que puedan establecerse sobre ellos, no desarrollan ni complementan, por lo tanto, ley alguna, sino que suplen a las leyes estatales. Por ello, deben tener un régimen procesal de impugnación equivalente al de aquellas.»
Este «blindaje» consiste simplemente en establecer esta reciprocidad. Las Normas Forales de índole fiscal serán tan recurribles como las Leyes del Estado o de las Comunidades Autónomas, ni más ni menos. Es infundado, por lo tanto, que las Normas Forales ya no se puedan recurrir de ninguna forma. A la recíproca, las normas del Estado con rango de Ley podrán dar lugar a recursos de los Territorios Históricos.
Esta novedad legal que amplía la seguridad jurídica de las Normas Forales no impedirá los recursos, pero se supone que permitirá reducirlos.
El texto del BOE en: BOE, 20 de febrero de 2010.
Publicada en el BOE la Ley Orgánica de modificación de las leyes orgánicas del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial.
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